En Colombia la Ley 711 del 30 de Noviembre de 2001 "Reglamenta el Ejercicio de la Ocupación de la Cosmetología y Dicta otras Disposiciones en Materia de Salud y Estética".
El Técnico capacidad por Competencias Laborales, independiente o en la mayoría de los casos, requiere una formación técnica en un Instituto o Centro de Estudios debidamente aprobado y certificado por la Secretaría de Educación Districtarl o Departamental correspondiente, según lo ordena la Ley 711/2001 y el Decreto Reglamentario 2263 del 14 de Julio de 2005, la Ley 1064 de Julio de 2006 y la Resolución 2888 de Julio 31 de 2007.
Deberá capacitarse con docentes profesionales en las diferentes áreas de salud, empresarial y de la cosmetología y la estética.
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